Siendo que las partes se encuentran a derecho, por encontrarse la presente causa dentro del lapso para dictar sentencia, este tribunal fija para el tercer día de despacho siguiente el pronunciamiento de la admisión o no de la prueba promovida oportunamente en fecha 08 de Marzo de 2010 por la abogada LUISA DEL CARMEN MORON, actuando como apoderada del ciudadano CARLOS MORON, parte DEMANDANTE, en cuanto al conjunto de fotografías con disco o CD y documento de mensura de la segunda parcela de fecha 19/06/1972.
Asimismo se advierte que todas las pruebas evacuadas por las partes, conservan su eficacia. Y una vez que el Tribunal se pronuncie sobre la prueba promovida, y vencido el lapso de evacuación en caso de admisión, se fijara para informes; o negada la misma inmediatamente se fijara para informes.