Transcurrido como ha sido el plazo fijado en el auto de fecha 04-06-2008, este Juzgador observa que hasta la fecha el solicitante no ha consignado los documentos solicitados que fungen como instrumentos fundamentales de la presente demanda, esto es la prueba auténtica de lo alegado en el libelo de la demanda, en consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la presente demanda por PARTICION, formulada por el ciudadano ROGER HERMECIO ALVARADO PINEDA en contra de los ciudadanos CARMEN MERCEDES PINEDA ALVARO, MARIO ALVARADO PINEDA, LIDIA MARINA ALVARADO PINEDA, JAIME ALVARADO PINEDA, DICIA ALVARADO PINEDA, GISELA DEL ALVARADO PINEDA, DUGLAS ALVARADO PINEDA, ELIO ALVARADO PINEDA.-