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Decisiones del dia 17/09/2007

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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N° Expediente : KP02-S-2004-4375 N° Sentencia : Fecha: 17/09/2007
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
ANA ROSA PEÑA
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en (28) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2007-13799 N° Sentencia : Fecha: 17/09/2007
Procedimiento:
Divorcio (185-A)
Partes:
CRISTINA ESMERALDA COLMENARES COLMENARES Y RAFAEL JOSE RODRIGUEZ
Resumen:
Como se observa el señalado artículo establece, la competencia que debe tener el juez para conocer la causa, en este caso el del domicilio conyugal, siendo que de las actas que componen el presente expediente, se observa que no consta que se señale el ultimo domicilio conyugal, y que el mismo no puede presumirse por cuanto es deber de las partes establecer en el libelo donde lo fijaron. Este despacho observa que al obviar dicho requisito no se encuentra establecido su competencia territorial, procede a in admitir la presente solicitud, por cuanto no llena los extremos que la ley establece en el artículo 754 del código de Procedimiento Civil, por demás en la presente materia no se puede derogar la competencia tal como lo establece el artículo 47 del Código de Procedimiento Civil. Así por tanto la misma se niega por ser contraria a lo que a tal efecto el derecho establece.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2004-7056 N° Sentencia : Fecha: 17/09/2007
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
MILAGROS COROMOTO GIMENEZ DE GARCIA
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en ( ) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2005-4454 N° Sentencia : Fecha: 17/09/2007
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
IRENE CECILIA PERDOMO DE BRICEÑO
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en ( ) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2005-4579 N° Sentencia : Fecha: 17/09/2007
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
EDWIN GABRIEL RIVERO CASTILLO
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en ( ) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-M-2007-50 N° Sentencia : Fecha: 17/09/2007
Procedimiento:
Cobro De Bolívares (Intimación)
Partes:
INTERTELAS LARENSE C.A.,
Resumen:
este Tribunal en aras de salvaguardar el derecho a la defensa, al debido proceso, así como lograr la estabilidad del juicio, evitando o corrigiendo faltas que puedan anular cualquier acto procesal, de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley REPONE la causa al estado de que se notifique al codemandado TRANSPORTE BETO BARRIOS C.A. y/o su apoderado mediante boleta del respectivo avocamiento de fecha 17 de mayo de 2007, en consecuencia declara la nulidad del auto de fecha 2 de agosto de 2007 cursante al folio (141) y el de la misma fecha cursante al folio (143), solo en lo que respecta al primer párrafo. Líbrese boleta y una vez conste en autos la notificación del referido codemandado y transcurridos los lapsos el tribunal señalará el estado en que se encuentra la causa. Líbrese boleta. Igualmente se ordena revisar el orden cronológico de los escritos presentados por .....
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2005-4551 N° Sentencia : Fecha: 17/09/2007
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
LUZ MARIA GALINDEZ
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en ( ) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2007-14045 N° Sentencia : Fecha: 17/09/2007
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
MARIA MELANIA MENDEZ Y ALCIDES ANTONIO PEREZ
Resumen:
Como se observa el señalado artículo establece, la competencia que debe tener el juez para conocer la causa, en este caso el del domicilio conyugal, siendo que de las actas que componen el presente expediente, se observa que no consta que se señale el ultimo domicilio conyugal, y que el mismo no puede presumirse por cuanto es deber de las partes establecer en el libelo donde lo fijaron. Este despacho observa que al obviar dicho requisito no se encuentra establecido su competencia territorial, procede a in admitir la presente solicitud, por cuanto no llena los extremos que la ley establece en el artículo 754 del código de Procedimiento Civil, por demás en la presente materia no se puede derogar la competencia tal como lo establece el artículo 47 del Código de Procedimiento Civil. Así por tanto la misma se niega por ser contraria a lo que a tal efecto el derecho establece.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2004-4333 N° Sentencia : Fecha: 17/09/2007
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
AYA CELIS ALVARADO
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en (28) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2005-4572 N° Sentencia : Fecha: 17/09/2007
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
FRANCISCA PERALTA RODRIGUEZ
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en ( ) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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