DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: MODIFICA la sentencia definitiva de fecha 21 de abril de 2.014, dictada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en la cual fue objeto de aclaratoria el 22 de julio de 2015 en los siguientes términos:
PRIMERO: Se RATIFICA la declaratoria de Interdicción Civil de la ciudadana DORILA DEL CARMEN VASQUEZ DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nº 5.923.462, domiciliada en la ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara.
SEGUNDO: Se RATIFICA como Tutor Provisional a la ciudadana ADA ISABEL GONZALEZ VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.....