Se DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD interpuesta por los ciudadanos CAMILO ZACCARETTI Y FRANCESCHINA IEZZI DE ZACCARETTI, títulares de las Cédulas Identidad Nos.81.943.327 y 7.406.430, respectivamente, a través del Servicio Estadal de Atención al Menor (SEAM LARA), por lo que las niñas YOHELIS y ERIKA PALACIOS, deben permanecer en COLOCACION FAMILIAR en el hogar de los esposos ZACCARRETTI, antes identificados, domiciliados en Vía El Cercado, Kilómetro 2, Pizzería Monte Sacro. SE DECLARA SIN LUGAR LA APELACIÓN realizada por la ciudadana Juana Bautista Palacios García. QUEDA ASÍ CONFIRMADA la decisión dictada por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Sala de Juicio N° 2, de fecha 04-07-2002.
De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil no hay condenatoria en costas por no haber sido declarado infundado el recurso interpuesto.
Se acuerda la remisión de las presentes actuaciones al mencionado tribunal, para .....