En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: SE REVOCA el auto de fecha 13 de Noviembre de 2017, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: En consecuencia de lo precedentemente decidido, se declara INADMISIBLE la apelación interpuesta por la accionada KHARIZBELL RODRIGUEZ GIL, debidamente asistida por la abogada ANGÉLICA MARÍA MENDIGAÑA CRUZ, inscrita en el IPSA bajo el Nº 131.479 contra el auto de fecha 03 de Mayo de 2017, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
TERCERO: No hay condenatoria en costas en el recurso de autos, en virtud de la natura.....