DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado GILBERTO LEÓN, Apoderado Judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia dictada en fecha 18 de mayo de 2018, por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA. En consecuencia, se ANULA el auto dictado en fecha 18 de mayo de 2018, por el juzgado a-quo, por lo que la oportunidad para contestar la demanda es dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción del expediente en el Tribunal de la causa, de conformidad con lo previsto en el ordinal 1° del artículo 358 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio por DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COMPAÑIA interpuesta por el ciudadano EFREN SALVADOR MENDOZA venez.....