DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por los abogados REINAL PÉREZ VILORIA y ENRIQUE SILVA ANGULO, apoderados judiciales de la parte actora, en contra de la sentencia dictada en fecha 10 de abril de 2015, por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, que declaró CON LUGAR la solicitud de levantamiento de la medida nominada de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 30/04/2012, ratificado en fecha 23/10/2012 y modificada en fecha 29/10/2013, en el juicio de NULIDAD DE CONTRATO interpuesto por COPPOLECCHIA MOSCA JOSE venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 6.033.761, contra la Sociedad Mercantil .....