DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado ENIO JOSÉ RIVERO YAGUAS, apoderado judicial de la parte actora, en contra del auto dictado en fecha 13 de junio de 2017 por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, interpuesto por la ciudadana LILIAN CAROLINA GONZÁLEZ PATIÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 12.204.569, contra la empresa PROMOTORA CUARE, C.A.
Queda así CONFIRMADO el auto apelado.
De conformidad con el 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese.