DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil (bienes) y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para conocer y decidir la demanda por cumplimiento de contrato, interpuesto por el ciudadano IVAN JOSE FREITEZ AMAYA, titular de la cedula de identidad N° 11.263.922, en su condición de representante legar de la sociedad mercantil CORPORACIÓN UNIDOS C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 29 de junio de 2006, bajo el N° 07, Tomo 58-A; asistido por la abogada Nellymar Díaz de Chaaban, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 108.623; contra el MERCADO MAYORISTA DE ALIMENTOS DE BARQUISIMETO, CA. (MERCABAR).
SEGUNDO: NO ACEPTA LA COMPETENCIA que atribuida por el Juzgado Sup.....