Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la acción de NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO intentada por los ciudadanos Ana Anduela Raga, Jairo Rafael Sánchez Daza, Eduin José Reyes y José Gregorio Noguera, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº 15.445.884, 15.228.081, 14.979.185 y 14.648.083 respectivamente, domiciliados en la ciudad de Barquisimeto estado Lara, representados Judicialmente por José Filogonio Molina, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado Bajo el No 25.994, de este domicilio, en contra del ESTADO LARA por intermedio de las FUERZAS ARMADAS POLICIALES.