VI
DECISIÓN
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de apelación, interpuesto por la abogado Yelitza Soteldo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 226.509, en su condición de Apoderada Judicial de la parte demandada, a ciudadana SILVINA DEL CARMEN TORREALBA DE MEDINA, contra el auto dictado en fecha veinticinco (25) de abril de 2016, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el juicio por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, seguido por la ciudadana MARIA PETRONILA ZAMBRANO TORREALBA, todos plenamente identificados.
SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido.
TERCERO: Se ordena la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de que el Tribunal A .....