En virtud a las consideraciones precedentes y acogiendo el anterior criterio de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, sede en Barquisimeto, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la demanda incoada por la ciudadana YUDMARY ROSA MENDOZA ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 5.932.337, domiciliado en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, representado por la abogada JESMAR ROSA MELENDEZ MENDOZA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 102.142, domiciliada procesalmente en la calle 26, entre carreras 16 y17, Torre Ejecutiva, Piso 4, Oficina 41, Barquisimeto Estado Lara, por NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO EMANADO DE LA INSPECOTRIA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA. Archívese el presente expediente. Así se decide, Administrando Justicia y por .....