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Decisiones del dia 15/03/2023

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Civil Contencioso Administrativo
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : KP02-G-2008-000054 N° Sentencia : Fecha: 15/03/2023
Procedimiento:
Resolución De Contrato (Civil)
Partes:
EMICA EMPRESA MUNICIPAL DE INFRAESTUCTURA Y CONSERVACION DEL AMBIENTE S.A CONTRA ASOCIACION COOPERATIVA MIXTA DE BIENES Y SERVICIOS ROCA FUERTES EN LAS PRUEBAS 88, R.S Y MULTINACIONAL DE FINANZAS C.A
Resumen:
DECISIÓN Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: Se declara la PERENCIÓN de la instancia en el presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. SEGUNDO: Archívese oportunamente el presente asunto. TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Juez/Ponente:
Marvis Coromoto Maluenga de Osorio
Organo:
Juzgado Superior Civil Contencioso Administrativo
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N° Expediente : KP02-N-2011-000786 N° Sentencia : Fecha: 15/03/2023
Procedimiento:
Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial
Partes:
MIGUEL ENRIQUE CAMACARO JIMENEZ CONTRA COMANDANCIA GENERAL DE LA GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA.
Resumen:
DECISIÓN Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: UNICO: La PÉRDIDA DE INTERÉS PROCESAL, y por ende, la EXTINCIÓN DEL PROCEDIMIENTO, debido al ABANDONO DEL TRÁMITE inherente a la demanda interpuesta. Archívese oportunamente el presente asunto. No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo establece el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Juez/Ponente:
Marvis Coromoto Maluenga de Osorio
Organo:
Juzgado Superior Civil Contencioso Administrativo
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N° Expediente : KP02-N-2013-0000212 N° Sentencia : Fecha: 15/03/2023
Procedimiento:
Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial
Partes:
EDUARDO JOSE GALINDEZ JIMENEZ CONTRA
Resumen:
DECISIÓN Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: UNICO: La PÉRDIDA DE INTERÉS PROCESAL, y por ende, la EXTINCIÓN DEL PROCEDIMIENTO, debido al ABANDONO DEL TRÁMITE inherente a la demanda interpuesta. Archívese oportunamente el presente asunto. No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo establece el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Juez/Ponente:
Marvis Coromoto Maluenga de Osorio
Organo:
Juzgado Superior Civil Contencioso Administrativo
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N° Expediente : KP02-N-2023-000023 N° Sentencia : Fecha: 15/03/2023
Procedimiento:
Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial
Partes:
CARLOS LUIS GARCIA PIÑERO CONTRA DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO AUTONOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS (SAREN).
Resumen:
En virtud de ello, este Tribunal observa que por cuanto el artículo 98 de la Ley del Estatuto de la Función Pública remite a la Ley de la Corte Suprema de Justicia, hoy correspondiente a Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de revisar las causales de admisibilidad en casos como el de autos, y dado que la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en Gaceta Oficia Extraordinaria No. 6684 de fecha 19 de enero de 2022, no establece normativa aplicable al procedimiento contencioso administrativo funcionarial, a los fines de revisar las causales de inadmisibilidad, acuerda aplicar -por remisión de segundo grado- el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, así se establece. En consecuencia, por cuanto la presente demanda no se encuentra incursa en ninguna de las causales del referido artículo 35 -ello salvo su apreciación en la definitiva-, se ADMITE cuanto ha lug.....
Juez/Ponente:
Marvis Coromoto Maluenga de Osorio
Organo:
Juzgado Superior Civil Contencioso Administrativo
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