IV
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, actuando en sede constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: su COMPETENCIA para conocer la presente acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar interpuesta por la ciudadana DAYRIS SAMARIA GOMEZ DUGARTE, titular de las cédula de Identidad número V-14.335.002, asistida por el abogado Rafael Pérez Díaz, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 46.179; contra la sentencia definitiva dictada por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, por la presunta vulneración de lo establecido en los artículos 26, 49 y 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional. En co.....