V
DECISIÓN
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en Barquisimeto, actuando en Sede Contencioso Administrativa, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir la demanda de nulidad interpuesta por la abogada Eddy Zambrano, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 126.154, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos ENMA ANTONIETA HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, GLORIA EMPERATRIZ HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, COROMOTO ALTAGRACIA HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, MERCEDES CECILIA HERNÁNDEZ DE FERNÁNDEZ, AMPARO SEGUNDO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, GLORIA MILAGROS HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.878.295, 421.404, 3.320.118, 3.878.294, 3.082.769, respectivamente, contra los actos administrativos contenidos en los Acuerdos de Cámara Municipal dictados en las sesiones Nros. 73 y 74 de, fechas 2.....