DECISION:
Llenos los extremos de Ley, este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena oficiar al Prefecto del municipio Torres del estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, a los fines de que asienten en las partidas de nacimiento del adolescente (Omitido artìculo 65 LOPNA) y los niños (Omitido artìculo 65 LOPNA), sus apellidos como: Rojas Rojas. Dichas partidas de nacimiento se encuentran insertas ante la Prefectura del municipio Torres del estado Lara, bajo los Nros. 386, folio 393 fte., de fecha 04 de marzo de 1.993; 589, de fecha 15 de julio de 2.002; 962, folio 375, de fecha 03 de junio de 1.996 y 1.460, folio 325, de fecha 20 de noviembre de 1.998, respectivamente.
Expídanse copias certificadas de esta sentencia para el archivo, para la parte interesada y para enviar las que sean necesarias a las autoridades competentes mediante oficios a los fines legales consiguientes......