DECISION
Con fundamento a lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: parcialmente con lugar, la solicitud de aumento de obligación alimentaria, presentada por la ciudadana Livia Coromoto Flores, en representación de sus hijos los adolescente (Omitido artículo 65 LOPNA) y la niña (Omitido artículo 65 LOPNA), contra el ciudadano Erasmo De La Trinidad Almao Alvarez, ya identificado. En consecuencia, se aumenta el monto de la obligación alimentaria a la cantidad de ciento setenta mil cuatrocientos veinticuatro bolívares (Bs. 170.424,00) mensuales, a razón de ochenta y cinco mil doscientos doce bolívares (Bs. 85.212,00) quincenales, que viene a ser el 42,08 % del salario mínimo actual. El cual anualmente se incrementará cuando el obligado perciba aumento en su salario, sin esperar orden judicial para su incremento,.....