DECISION
Con fundamento a lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: Parcialmente con lugar, la solicitud presentada por la ciudadana Nilda Cecilia Crespo, contra el ciudadano Jesús María Betancourt Crespo, ya identificada. En consecuencia, se fija la pensión de alimentos, en la cantidad de cuatrocientos mil bolívares (Bs. 400.000,oo ) mensuales, a razón de doscientos mil bolívares (Bs. 200.000,oo) quincenales, que equivale al 98.7% del salario mínimo nacional. Además, dicho ciudadano deberá cubrir el 50% de los gastos de médico, medicina, vestido, uniformes, útiles escolares, habitación, deporte y cualquier otro que sus hijos requieran. La ciudadana Nilda Cecilia Crespo, deberá aperturar una cuenta de ahorro en algún banco de la localidad a nombre de sus hijos.
Expídase copia certificada por la Secretari.....