REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
SALA DE JUICIO – JUEZ Nº 1
AÑOS: 195º y 146º


DEMANDANTE: José Daniel Pimentel Gómez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.768.976.

DEMANDADA: Ana Cecilia Carrasco, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.692.271.

MOTIVO: Régimen de Visitas.

Mediante escrito presentado ante este Tribunal el día 10 de mayo de 2.005, el ciudadano José Daniel Pimentel Gómez, ya identificado, asistido por el Abg. Pedro Luis Rojas, Defensor Publicó del Sistema Integral de Protección del Niño y del Adolescente, extensión Carora, solicitó fuese citado la madre de la niña (omitido articulo 65 LOPNA) ciudadana Ana Cecilia Carrasco, ya identificada, a los fines que se fije un régimen de visitas, en el cual el padre podrá visitarla los fines de semana y entre semana, para poder así verla y compartir con ella. Anexó la original de la partida de nacimiento de su hija y copia de su cédula de identidad.

Admitida la solicitud en fecha 13 de mayo de 2.005, se ordenó citar a la ciudadana Ana Cecilia Carrasco, ya identificado y notificar al ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Publico. En fecha 25 de mayo de 2.005, fue notificado el ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público. En fecha 27 de mayo de 2.005, el alguacil de este Tribunal consignó boleta de citación de la ciudadana Ana Cecilia Carrasco. En fecha 01 de junio de 2.005, se anunció en las puertas de este Tribunal el acto conciliatorio y comparecieron los ciudadanos José Daniel Pimentel Gómez y Ana Cecilia Carrasco, plenamente identificados y expusieron:

“Hemos al siguiente acuerdo de régimen de visitas para nuestra hija, la cual se hará así: El padre compartirá con su hija los días sábado y domingo, él retirará a la niña a las 7:30 a.m. del día sábado de la casa de la madre y la llevará el día domingo a las 5:00 p.m.. Asimismo, el padre compartirá el día de padre de cada año, en el mes de diciembre los días 25 de diciembre y 02 de enero de cada año y por último en las vacaciones escolares compartirá una semana cada uno”. (copiado textualmente).

Este Juzgado observa:

La norma del artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, establece lo siguiente:

“El régimen de visitas debe ser convenido de mutuo acuerdo entre los padres, oyendo al hijo. De no lograrse dicho acuerdo o si el mismo fuese incumplido reiteradamente afectándose los intereses del niño o adolescente, el juez, en atención a tales intereses, actuando sumariamente, previos los informes técnicos que considere convenientes y oída la opinión de quien ejerza la guarda del niño o adolescente, dispondrá el régimen de visitas que considere más adecuado. Dicho régimen puede ser revisado, a solicitud de parte, cada vez que el bienestar y seguridad del niño o adolescente lo justifique, para lo cual se seguirá el procedimiento aquí previsto.”


Al folio seis (06) riela el acuerdo suscrito entre los ciudadanos José Daniel Pimentel Gómez y Ana Cecilia Carrasco, plenamente identificados, dicho acuerdo no es contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, le imparte su homologación. Conforme a dicho acuerdo el régimen de visitas de la niña (omitido articulo 65 LOPNA) queda fijado de la siguiente manera: El padre podrá compartir con su hija los días sábado y domingo, la retirará a las 7:30 a.m. del día sábado de la casa de la madre y la llevará el día domingo a las 5:00 p.m.. Asimismo, el padre podrá compartir el día de padre de cada año, en el mes de diciembre los días 25 de diciembre y 02 de enero de cada año y por último en las vacaciones escolares los padres podrán compartir una semana cada uno.

Regístrese y Publíquese.

Dada Firmada y Sellada en la Sala de Juicio Nº 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora 02 de junio de 2005. Años 195º y 146º.

LA JUEZ Nº 1 DE LA SALA DE JUICIO

Abg. RAQUEL CASTILLO DE ZUBILLAGA

LA SECRETARIA

Abg. LUISA CRISTINA GONZALEZ CAMPOS




En esta misma fecha se libró bajo el Nº 449 -2005, y se publico siendo las 09:15 a.m.

LA SECRETARIA

Abg. LUISA CRISTINA GONZALEZ CAMPOS



Exp: 1SJ-3608-05
RCZ-bma.01