Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil y por consiguiente disuelto el Vinculo Matrimonial contraído por los Ciudadanos JOSÉ LUÍS RODRÍGUEZ MUJICA y YUDITH COROMOTO ALVAREZ RIVERO, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Juan de Villegas del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 18 de Diciembre de 1.998, bajo el acta Nº 315, folio 316 fte., y vto., del Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 1.998.-