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DECISION
Por todo lo antes expuesto este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, procedió a la CESACION DE MEDIDA SANCIONATORIA DE REGLAS DE CONDUCTA Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD contempladas en los artículos 624 y 625 ejusdem, a RESERVADO ya identificado, por cumplimiento de las mismas. Una vez Vencidos los lapsos de ley procédase a la remisión del asunto al archivo judicial, para su conservación y custodia.
El Juez de Ejecución
Abg. JORGE DIAZ MENDOZA. Secretaria