DECISION DEL TRIBUNAL
Este Tribunal actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: "Se admite totalmente la Acusación Penal interpuesta por la Vindicta Pública por reunir todos los requisitos formales y materiales, así como las pruebas promovidas por la defensa publica y la representación fiscal en contra del adolescente acusado SE OMITE SU IDENTIDAD, por la comisión del delito de EXTORSION, previsto en el artículo 16 primer aparte en concordancia con el articulo 19 numeral 1 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Se ratifica la medida cautelar de presentación que venia cumpliendo la cual se amplia a quince (15) días la presentación ante este tribunal, así como también se le impone la medida de no acercamiento a la victima ni a sus familiares, TERCERO: Se ordena el ENJUICIAMIENTO del adolescente, SE OMITE SU IDENTIDAD , por la p.....