DECISIÓN
Por todo lo expuesto este Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículos 301 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, Desestima la denuncia interpuesta por el Consejo de Protección del Municipio Torres contra el adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, asimismo de acuerdo a lo previsto en el artículo 302 del Código Orgánico Procesal Penal remítase las actuaciones a la Fiscalía 24 del Ministerio Público.
El Juez de Control No 1
Abg. Gerardo Pastor Arias El Secretario