Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Resuelve: Primero: Se acuerda procedente la revisión de oficio de la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, decretada en contra del imputado ROGER ANTONIO ROJAS GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.843.401, soltero, edad, 29 años, fecha nacimiento 15-11-80, hijo de Ramón Rojas y Carmen González, grado instrucción 6º grado, profesión Latonero, residenciado en Avenida Torrellas, con Calle Jacobo Curiel, casa Nº 11-16, al lado del Cementerio, Sector Carorita, Carora, estado Lara. Teléfono: 0252-421-76-48, en la presente causa seguida por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la L.....