DISPOSITIVA
En base a las consideraciones que preceden, este Tribunal en Función de Control Estadal Nº 11, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY pasa a decidir en base a las siguientes consideraciones: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación y las pruebas presentadas por la Fiscalía del Ministerio Público, en contra del ciudadano JOSE LUIS DUARTE RODRIGUEZ , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.987.371, por EL Delito: APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL DELITO DE ROBO , previsto y sancionado en el artículo 9 de al ley Sobre el Hurto y Robo de vehículo. SEGUNDO: Vista la admisión de hechos realizada por el ciudadano JOSE LUIS DUARTE RODRIGUEZ , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.987.371 y la solicitud de la defensa este Tribunal acuerda la Suspensión Condicional del Proceso por el lapso de TRES(03) meses, conforme al artículo 361 del COPP, y c.....