DECISIÓN
Por todo lo expuesto, este tribunal administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, decreta la cesación de la medida de Libertad Asistida, a favor del joven DATOS OMITIDOS, en la causa seguida por el delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto en el artículo 277 del Código Penal, Notifíquese de lo conducente al adolescente sancionado a la Defensa y a la Fiscala 19 del Ministerio Público al consejo de Protección del Municipio Jiménez y al Centro de Diagnostico Integral (CDI) Primero de Mayo, con sede en el Barrio Primero de Mayo entre avenidas 26 y 27, de Quibor, Municipio Jiménez.