OÍDA LA EXPOSICIÓN DE LAS PARTES ESTE TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: PRIMERO: Una vez escucha de la exposición de las partes y de la revisión de las actuaciones que corre insertas en el asunto penal, este juzgado ratifica el computo efectuado en fecha 27-04-2011, por este tribunal en la cual se dejo constancia que la sanción de privativa de libertad vence el 17-08-2011, realizando el computo correspondiente se observa que joven fue sancionado a cumplir la privación de libertad por el lapso de un (1) año, y hasta la presente lleva cumplido NUEVE (09) MESES, VENTISESIS (26) DIAS faltándole por cumplir DOS (02) MESES Y CUATRO (04) DIAS venciendo su sanción en fecha 10-09-2011, así mismo se evidencia que el informe del plan individual del adolescente corre inserto del 224 al 230 del asunto penal, mas no consta hasta la presente fecha .....