Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia de Responsabilidad Penal de Adolescente, en función de Control N° 02, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, admite la acusación, homologa el convenio conciliatorio celebrado por las partes y acuerda la Suspensión de la causa a prueba por el lapso de un (01) año, en el proceso que se le sigue al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, identificado ut supra, por los delitos de Instigación Pública a la Desobediencia de las Leyes, Agavillamiento y Ocultamiento de Arma de Fuego y de Guerra, previsto y sancionado en los artículos 284, 286, 273, 274, 277 y 292 del Código Penal vigente cuando ocurrieron los hechos, en concordancia con el artículo 7 de la Ley de Arma y Explosivos, ocurrido el día 17 de febrero de 2008; el cual finaliza el 20 de enero de 2010. Se le advierte al acusado que cualquier cambio de residencia deberá ser comunicado al Ministerio Público o a este Tribunal. Asimismo que en caso de incu.....