DECISIÓN
Oídas las exposiciones y solicitudes de las partes, así como lo declarado por el adolescente en este acto, y revisadas las actuaciones presentadas durante la audiencia, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control No. 1 de la Sección de Responsabilidad Penal de adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos: PRIMERO: del análisis del acta policial de fecha 21-04-2009, suscrita por Funcionarios adscritos a Unidad de Orden Publico de las Fuerzas Armadas policiales del Estado Lara, donde se especifica el tiempo, modo y lugar en que fueron detenidos los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, IDENTIDAD OMITIDA, IDENTIDAD OMITIDA, y IDENTIDAD OMITIDA, a quienes se les precalifica el delito de OBSTACULIZACIÓN A LAS VÍAS PÚBLICAS, previsto en el artículo 357 del Código Penal, se considera que se dan los supuestos previst.....