Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución NRO. 04, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, y en uso de la facultad conferida por el numeral 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, OTORGA a: DIMAS ANTONIO MENDOZA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 17.319.956, de 51 años de edad natural de Barquisimeto Estado Lara fecha 11-08-1958, casado, hijo Alfonso Mendoza y Gregoria Rodríguez, oficio mecánico, domiciliado vía Duaca, Tamaca Kilómetro 13, sector Cardonal, cerca de la chicharronera, casa frente al taller de carro Estado Lara, el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, por un lapso a cumplir de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES, el cual comenzara a correr desde su primera presentación en la Unidad Técnica con sede en la ciudad de Barquisimeto Estado Lara, a los fines de que el Delegado de Prueba.....