TORGA a: SOTO PEDRO ANTONIO, titular de la cédula de identidad nro. 2.609.384, el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, por un lapso de cumplir de: UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES Y VEINTIOCHO (28) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE SU PRIMERA PRESENTACION POR ANTE LA UNIDAD TECNICA DE APOYO AL SISTEMA PENITENCIARIO DEL ESTADO PORTUGUESA, el cual comenzara a correr desde su primera presentación en la Unidad Técnica con sede en la ciudad de Guanare Estado Portuguesa, a los fines de que el Delegado de Prueba que le sea asignado supervise las condiciones señaladas en esta decisión.