DECLARA: LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena a la ciudadana TERESITA DEL VALLE PIÑA MACHADO, titular de la Cedula de Identidad Nº 26.136.183, DECRETANDO LA LIBERTAD PLENA, SOLO POR ESTE ASUNTO, la cual se hará efectiva en fecha 07-02-2011, de conformidad con el artículo 105 del Código Penal Venezolano, en concordancia con el artículo 479, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 44 ordinal 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Notifíquese a las partes y a la prenombrada penada (A esta ultima con copia certificada de la presente decisión). Ofíciese al Centro Penitenciario de Centro Occidente (Uribana) a los fines de que dejen en libertad a la pre-nombrada penada en fecha 07-02-2011 por cumplimiento de la totalidad de la pena, con copia certificada de la `presente decisión.- Remítase al archivo judicial en su oportunidad legal.- Regístrese, publíquese, cúmplase lo ordenado.