DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho, anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución Nº 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: La Extinción de la Acción Penal por muerte del penado, FREDDY WILLIAM ORTIZ, C.I.V-Nº 11.222.657, de conformidad a lo establecido en el artículo 103 del Código Penal.
Notifíquese a las partes con respecto al penado fallecido, una vez firme la presente decisión remítase al Archivo Judicial.
Regístrese, Publíquese, Remítase, Archívese y Notifíquese.