Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nro. 2, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena a la penada: MARIA DE LOS ANGELES VARGAS CORDOBA, venezolana, natural de Barquisimeto, Estado Lara, nació el día 20-01-1979, de 29 años de edad, soltera, de profesión u oficio: Del Hogar, titular de la cédula de identidad Nro. 16.088.257, hija de Luz Córdova y Raúl Vargas, con último domicilio conocido como el Barrio Sin Techo, carrera 01 entre 02 y 03, casa Nº 01-49, a media cuadra de un mercal, Barquisimeto, Estado Lara, quien cumplió condena de TRES (03) AÑOS, DE PRISION, por la comisión del delito de , por la comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 Tercer Aparte, de la Ley Orgànica Contr.....