Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley NIEGA POR IMPROCEDENTE LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA al penado FREDDY JOSE ORIAS Cédula de Identidad Nro. 16.973.330 actualmente recluido en el Internado Judicial de San Felipe, Estado Yaracuy, quien cumple condena por el delito de ASALTO A UNIDAD DE TRANSPORTE PUBLICO, tipo delictual excluido del otorgamiento de beneficio procesal o formula alternativa de cumplimiento de pena, a tenor de lo previsto en el parágrafo único del artículo 357 del Código Penal. Notifíquese al penado que tiene derecho a la Redención de Pena por trabajo y Estudio.
Regístrese y publíquese la presente decisión y remítase con oficio al Internado Judicial de San Felipe, Estado Yaracuy, donde se encuentra actualmente el penado, Notifíquese al penado, a la defensa y a la Fiscal D.....