DECISION
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la CONVERSION DEL RESTO DE LA PENA QUE LE FALTA POR CUMPLIR EN CONFINAMIENTO al ciudadano, Edixon José Rodríguez, titular de la cédula de identidad N° 11.698.755, hasta el 24/08/2008 a las 12m, fecha en la cual se extingue la responsabilidad penal, de la pena que le fuera impuesta por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y ROBO GENERICO, todo de conformidad a lo que se contrae el artículo 52 del Código Penal, el cual lo cumplirá en La Carrera 5 con Calle 4 casa S/N, Avenida Principal Cerro Gordo, casa amarilla, como punto de referencia se encuentra una cauchera, Barquisimeto, Estado Lara. Líbrese la correspondiente boleta de Libertad Condicional por confinamiento anexa a oficio dirigido al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro occidental del Es.....