Por todas las razones de hecho y de derecho ya expuestas, este Tribunal Primero de Primera instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Autorizar al Director del Centro Penitenciario de la Carcel Nacional de Maracaibo en el Estado Zulia para que realice el traslado que crea pertinente a cualquier Centro Penitenciario, preferiblemente los sugeridos por la Fiscalia del Ministerio Público Cárcel del Rodeo o Los Teques, a petición del penado RONDON TERAN JONAIKER STIVEN, titular de la cédula de identidad 18.460.416, cumpliendo previamente con el Procedimiento Legal establecido en los artículos 1, 9,11 y 12 de la Ley de Régimen Penitenciario a través de la Coordinación de Traslados de la Dirección General de Custodia y Rehabilitación del Recluso, con el objeto de poder conocer si están dadas las condiciones para recibir el respectivo traslado, garantizando as.....