/Se CONCEDE EL BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICIONAL, a la penada VALERA HERNÁNDEZ NANCY MARIA, titular de la Cédula de Identidad No. 12.370.127, haciendo la observación que dicho penado le corresponde el beneficio de Confinamiento, por el lapso de Seis Meses y veintitrés Días. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 553 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, en relación con los artículos 7, 19, 24 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.