Por las razones expuestas, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, EN FUNCIONES SEXTO DE JUICIO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Decide PRIMERO: Vista la solicitud de Sentencia Absolutoria por parte del Ministerio Público a la que se adhiere la Defensa Privada, éste Tribunal de conformidad con el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal DICTA SENTENCIA ABSOLUTORIA a favor de la ciudadana BONNIE LISBETH NOGUERA FARIAS, titular de la cédula de identidad Nº 14.399.816, por el delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL DELITO DE ROBO, previsto y sancionado en el art. 9 la Ley de Robo de vehiculo Automotor. SEGUNDO: Se declara el CESE de las medidas de coerción personal que pesaba sobre la acusada de autos, como lo era MEDIDA CAUTELAR DE PRESENTACIONES. TERCERO: Se ordena oficiar a los organismos de seguridad del ESTADO a los fines de que la acusada de autos sea excluida de las pantallas de dic.....