Por las razones expuestas, este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 6 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley; decide en los términos siguientes: PRIMERO: SE CONDENA al ciudadano FRANCISCO RAFAEL PARGAS GÓMEZ, titular de la cédula de identidad Nº 22.188.581, por el delito de HURTO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 453, en concordancia con el artículo 80 del Código Penal, a cumplir la PENA DE UN (01) AÑO DE PRISIÓN, más las accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal. SEGUNDO: Se impone al acusado supra mencionado la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con el artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, como lo es presentación periódica, cada treinta (30) días ante la taquilla de presentación de imputados y acusados, del Circuito judicial Penal del estado Lara. TERCER.....