D I S P O S I T I V A
Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Juicio Nº 6, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 553 del Código Orgánico Procesal Penal, en aplicación de la extraactividad, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO de acuerdo a lo previsto en los Artículos 40, 44 numeral 7° y 325 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal vigente para el momento en que suspendió condicionalmente el proceso al ciudadano GUSTAVO ADOLFO PERDOMO FERNANDEZ, cédula de identidad N° 5.887.847,casado, nacido el 11 de Septiembre de 1969, domiciliado en el Estado Lara, La Peña, Barrio el Carmen, sector 1, casa s/n (dirección anteriormente aportada: Calle 23 con carrera 27, casa Taller la 23, antiguo estacionamiento de El Impulso) ; hijo de Luisa Perdomo Fernández y Jorge Ramón Perdomo, por los hechos descritos en el primer capítulo de l.....