DECISION
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en el único aparte del artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, declara IMPROCEDENTE la solicitud formulada por la Defensa Publica referida a la solicitud de DECAIMIENTO DE LA MEDIDAD DE PRIVACION DE LIBERTAD de los acusados JOSE RAFAEL SANTELIZ PEÑA Y JONATHAN PASTOR PARRA NELO por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado, Tentativa de Violación, Porte Ilícito de Arma de Fuego y Resistencia a la Autoridad.
Regístrese. Publíquese. Cúmplase y Notifíquese a la partes de la presente decisión.