DECISION
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, declara PROCEDENTE la solicitud de Ampliación de la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad incoada por la Defensa Técnica y Acuerda la AMPLIACION DE LA MISMA, a favor de los ciudadanos JOSE RAFAEL ROPERO CASTELLANOS y RONALD ARMANDO LOPEZ BARRIOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 11.784.244 y 11.878.191, por la presunta comisión del delito de Apropiación de tarjetas Inteligentes o Instrumentos Análogos tipificado en el artículo 17 de la Ley de delitos Informáticos, quedando los mismos obligados a presentarse una vez cada treinta días y a no ausentarse del país sin la autorización de.....