DISPISITIVA
Este Tribunal decide en los siguientes términos:
PRIMERO: Se acuerda a favor de los acusados ciudadanos Víctor José Ortiz, cédula de identidad Nº: 20.473.899 y Adelmo Simón Alejo, cédula de identidad Nº: 12.021.460 por la comisión del delito de ULTRAJE A FUNCIONARIO PÚBLICO, previsto y sancionado en el artículo 222 numeral 1º del Código Penal, la Medida de Suspensión Condicional del Proceso por el lapso de prueba de dos (02) meses, contado a partir de la primera presentación ante el Delegado de Prueba y se les impone las condiciones previstas en el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal , las cuales son: 1.- Residir en un lugar determinado, es decir, en el domicilio que señalaron en la audiencia, en caso de cambiar de domicilio notificarlo al Delegado de Prueba y al Tribunal; 2.- Presentar constancia de trabajo ante la Unidad Técnica; 3.- Prohibición de abusar de las bebidas alcohólicas; 4.- Comparecer ante el Delegado de Prueba en la Unidad.....