En mérito a las anteriores consideraciones este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de esta Circunscripción Judicial, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en el artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, HOMOLOGA, el Convenimiento de Pago celebrado entre la República Bolivariana de Venezuela, a través de la Procuraduría General de la República, representada a su vez por la ciudadana Abogada Maria Alejandra Pérez Martínez, cédula de identidad Nº: 17.306.378, IPSA Nº 119.613, y el ciudadano JOSÉ DE LA CRUZ MADRID, cédula de identidad N°: 4.377.798; en consecuencia, téngase como una Sentencia Firme.
Así mismo, se ordena levantar las medidas de Prohibición de Enajenar y Gravar que recayeron sobre los bienes inmuebles propiedad del ciudadano JOSÉ DE LA CRUZ MADRID, cédula de identidad N°: 4.377.798, afectados por este proceso