DISPOSITIVA: Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio Nº 4, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: DECRETA LA NULIDAD DE TODAS LAS ACTUACIONES POSTERIORES AL AUTO DE FECHA 11-02-2011, mediante el cual el tribunal de control Nº 7 fundamento la decision emitida en la Audiencia Preliminar de fecha 04-02-2011, REPONIENDO LA CAUSA al estado de que el tribunal de Control Nº 7 libre nuevamente las notificaciones a las partes y puedan ejercer no los recursos correspondientes, quedando Anuladas todas las actuaciones verificadas ante este Tribunal de Juicio Nº 4. SEGUNDO: NIEGA la solicitud de Revision de la Medida Cautelar de Privacion Judicial Preventiva de la Libertad, interpuesta por los Abogados Abg. Maria Gómez defensora del ciudadano ORLANDO ANTONIO PIRE, Abg. Julio Santeliz y Raquel Vivas, defensores del ciudadano L.....