Vistos los escritos presentados por el Dr. Alí Enrique Sanchez Montilla, en su condición de Abogado privado de las Ciudadanas: NORMA JOSEFINA HERNANDEZ y GLORIA MARGOT GUANAY, a quienes se les sigue causa por su presunta participación en el delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotropicas; este Tribunal observa que por cuanto se evidencia de los autos que en fecha 14-02-06, el Jefe de la Comisaría Nro. 22 notifica a este Tribunal que la ciudadana NORMA JOSEFINA HERNANDEZ, no se encuentra residenciada en el Barrio La Peña, sector uno, dirección en la que debe cumplir el arresto domiciliario, en razón de lo cual se ORDENA, por medio del presente auto se notifique a la defensa a los fines de que en el lapso de cuatro días habiles consigne por ante este Tribunal la dirección exacta de la imputada, de lo contrario el Tribunal procederá a REVOCAR la medida de arresto domiciliario por incumplimiento de una de las obligaciones propias de dicha medida