Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal, constituido como Tribunal Mixto con Escabinos actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONDENA POR UNANIMIDAD al Ciudadano: PEREZ TUA EDINSON NICOLAS Venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad Nro. 19.300.243, plenamente identificado en esta decisión, a cumplir la pena de CUATRO (4) AÑOS Y CUATRO(4) MESES DE PRESIDIO, por haberlo encontrado culpable y penalmente responsable de la comisión del delito de homicidio intencional en grado de facilitador no necesario, ilícito previsto en el artículo 407 en relaciòn con el ordinal 3º del artículo 84 del Código Penal. Pena que se le aplica de conformidad con los artículos 37, 16, 74 y encabezamiento del artículo 84 ejusdem, concatenados con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, condenándole igualmente a las accesorias de ley, ordenando su libertad plena de.....