Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley procede a REVISAR LA MEDIDA DE ARRESTO DOMICILIARIO a la ciudadana ZULAY ROJAS , y la MODIFICA a presentaciones cada (15) días ante la taquilla de presentación de este circuito judicial penal, de conformidad con lo previsto en el artículo 264 y 256, numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal.-